LA VERDAD DEL EVANGELIO

TEOLOGÍA SISTEMÁTICA

por Charles G. Finney

 

 Capítulo 21

La Expiación

 

Hemos llegado ahora a la consideración de un tema muy importante del gobierno moral: la expiación. Al discutir el tema…

I. Enfatizaré varios principios bien establecidos de gobierno.

1. Ya hemos visto que la ley moral no está fundada en la pura voluntad arbitraria de Dios o de cualquier otro ser, sino que tiene su fundamento en la naturaleza y las relaciones de los agentes morales, que es regla de acción o de la disposición que se impone en ellos por la ley de su propio intelecto.

2. Como la voluntad de ningún ser puede crear ley moral, tampoco la voluntad de ningún ser podrá repeler o alterar la ley moral. Es sólo esa regla de acción que es grata a la naturaleza y a las relaciones de agentes morales, es tan inmutable como aquellas naturalezas y relaciones.

3. Hay una distinción entre la letra y el espíritu de la ley moral. La letra se relaciona con la vida externa o acción; el espíritu respeta el motivo o la intención del cual el acto debe proceder. Por ejemplo, el espíritu de la ley moral requiere de benevolencia desinteresada, y todo se expresa en una palabra: amor. La letra de la ley se encuentra en los mandamientos del decálogo, y en diversos preceptos relacionados con actos externos.

4. Puede haber varias excepciones para la letra de la ley, pero para el espíritu de la ley moral no puede haber ninguna excepción. Es decir, el espíritu de la ley moral puede algunas veces admitir y requerir que la letra de la ley sea ignorada o violada, pero el espíritu de la ley nunca debe ser ignorado o violado. Por ejemplo, la letra de la ley prohíbe toda labor el día del sábado. Pero el espíritu de la ley requiere trabajar en sábado. El espíritu de la ley requiere el ejercicio del amor universal y perfecto o la benevolencia a Dios y al hombre, y la ley de la benevolencia a menudo requiere que la labor se haga en el sábado, como ayudar a los enfermos y a los pobres, alimentar a los animales. En suma, cual sea plenamente el trabajo de necesidad o misericordia, en tal sentido lo que demande la benevolencia iluminada es requerido por el espíritu de la ley moral sobre el sábado, como también de los demás días. Cristo enseñaba expresamente esto tanto por precepto como por ejemplo. De nuevo entonces, la letra de la ley dice que el "alma que pecare, esa morirá" (Ez. 18:4), pero el espíritu de la ley admite y requiere que bajo ciertas condiciones sean examinadas en su lugar apropiado, el alma que pecare, esa vivirá. La letra de la ley es inexorable; condena y sentencia a muerte sus violadores sin consideración de expiación o de arrepentimiento. El espíritu de la ley permite y requiere que bajo la condición de la satisfacción hecha a la justicia pública, y el regreso del pecador a la obediencia, éste viva y no muera.

5. En el establecimiento de un gobierno y la promulgación la ley, el legislador siempre se entiende como alguien que se compromete administrar debidamente las leyes con el apoyo del orden público, y para la promoción de la moral pública, para recompensar al inocente con su favor y protección, y para castigar al desobediente con la pérdida de su protección y favor.

6. Las leyes son propiedad pública en las que cada sujeto de gobierno tiene un interés. Cada sujeto obediente de gobierno está interesado en tener la ley apoyada y obedecida, y cual sea la ley que se viole, cada sujeto de gobierno es lastimado y sus derechos son invadidos, y cada uno y todos tienen derecho de esperar que el gobierno ejecute debidamente los castigos de la ley cuando es violada.

7. Hay una distinción importante entre la justicia retributiva y la pública. La primera consiste en tratar a cada sujeto de gobierno según su carácter. Respeta el mérito o demérito intrínsecos de cada individuo, y trata con él. La justicia pública, en su ejercicio, consiste en la promoción y protección de los intereses públicos, para tal legislación y tal administración de la ley, como demanda el bien supremo del público. Implica la ejecución de castigos de la ley donde el precepto se viola, a menos de que algo más se haga para que asegure efectivamente los intereses públicos. Cuando esto se hace, la justicia pública demanda que la ejecución del castigo se dispense al otorgar indulto al criminal. La justicia retributiva no hace excepciones, sino castiga sin misericordia en cada acto criminal. La justicia pública hace excepciones tan seguido como esto se permita o el bien público requiera. La justicia pública es idéntica al espíritu de la ley moral, y en su ejercicio considera sólo la ley. La justicia retributiva se adhiere a la letra y no hay excepción de la regla, "el alma que pecare, esa morirá."

8. El diseño de penas legales es para asegurar la obediencia al precepto. Lo mismo es también la razón de ejecutarlas cuando el precepto se viola. Las sanciones son consideradas como una expresión del modo de ver del legislador con respecto a la importancia de su ley; y la ejecución de las penas está diseñada y calculada para manifestar su sinceridad en la promulgación, y su continua adherencia a ella y la determinación para permanecer en ella, los principios de su gobierno como se revelan en la ley, el aborrecimiento de todo delito; su consideración a los intereses públicos; y su determinación inalterable para llevar a cabo, apoyar y establecer la autoridad de su ley.

9. Es un hecho bien establecido por la experiencia de todas las edades y naciones que el ejercicio de la misericordia, en poner a un lado la ejecución de las sanciones, es un asunto de extremadamente delicado y peligroso. La influencia de la ley, como se puede esperar, depende mucho en la certeza sentida por los sujetos de que se ejecutará debidamente. Se encuentra en la experiencia, para ser verdadera, que el ejercicio de la misericordia en cada gobierno al concebir y nutrir una esperanza de impunidad en las mentes de aquellos que son tentados a violar la ley. Se ha afirmado que lo mismo es verdad cuando se ha realizado una expiación, y que por tanto las doctrinas de la expiación y el perdón consecuente tienden a motivar la esperanza de impunidad en la comisión del pecado, y por esta razón son doctrinas peligrosas, subversivas de la moralidad sana y alta. Volveremos a esta afirmación en su momento oportuno.

10. Ya que la cabeza del gobierno está comprometida para proteger y promover los intereses públicos por una debida administración de la ley, si en cualquier instancia donde se viola el precepto, se dispensa con la ejecución de penas, la justicia pública requiere de que se vea que se proporcione el sustituto de la ejecución de la ley, o que algo se haga que efectivamente asegure la influencia de la ley, como lo haría la ejecución de una pena. No puede hacerse excepciones al espíritu de la ley. Ya que muere el alma del pecador, de acuerdo con la letra de la ley, o se debe proporcionar sustituto de acuerdo con el espíritu de la ley.

11. Cual sea la manifestación de la consideración del legislador por su ley, su determinación para apoyarla, su aborrecimiento de todas las violaciones de sus preceptos, y además vigilar efectivamente contra cualquier inferencia que los violadores del precepto puedan esperar para escapar con impunidad, como lo haría la ejecución de la pena, es una satisfacción completa de la justicia pública. Cuando se cumplen estas condiciones, y el pecador haya regresado a la obediencia, la justicia pública no sólo admite, sino totalmente demanda que la pena sea puesta a un lado al otorgar indulto al ofensor. Éste aún merece ser castigado y con base en los principios de la justicia retributiva puede ser castigado según su deserción. Pero el bien público admite y requiere que sobre la condición arriba mencionada él deba vivir; de este modo, la justicia pública en conformidad con los intereses públicos y el espíritu de la ley de amor, lo indulta y lo dispensa.

12. Si se va a otorgar misericordia o indulto a cualquiera que ha violado la ley, debe ser hecho de una manera, y sobre algunas condiciones, que arregle el asunto y establezca la verdad que la ejecución de las penas no va a ser dispensada con la mera condición del arrepentimiento del ofensor. En otras palabras, si el indulto se otorga debe hacerse saber con una condición que no esté dentro del poder del ofensor. Entonces sabrá que puede violar la ley y aún estar seguro de que escapará con impunidad al cumplir las condiciones del perdón, que son con base en la suposición de que todo está dentro de su propio poder.

13. Entonces, si la misericordia va a ser ejercida, debe ser con base en la condición de que no se va a repetir. Lo que la justicia pública requiere es que nada se hará para minar o perturbar la influencia de la ley. Así, no puede consentir que haya la ejecución de penas dispensadas con cualquier condición que motive la esperanza de la impunidad. Por consiguiente, la justicia pública no puede consentir el perdón de pecado, sino con la condición de una expiación, y también sobre la suposición de que la expiación no se va a repetir, ni a extender sus beneficios más allá de los límites de la raza por quien fue hecha y sólo por un tiempo limitado. Si una expiación fuera a extender sus beneficios a todos los mundos, y a toda la eternidad, nulificaría su propia influencia y motivaría la esperanza universal de impunidad, en caso de que los preceptos fuesen violados. Esto sería indefinidamente peor que ninguna expiación, y la justicia pública mejor consintiera tener misericordia ejercida sin ninguna consideración para asegurar la autoridad y la influencia de la ley.

 

II. El término expiación

La palabra inglesa para expiación es sinónimo de la palabra hebrea cofer. Éste es un sustantivo del verbo caufar, cubrir. El cofer o cubrir era el nombre de la tapa o la cubierta del arca del pacto, y constituyó lo que se llamaba el propiciatorio. La palabra griega para expiación es _________. Esto significa reconciliación para favorecer; del __________, "cambiar o intercambiar". El término significa propiamente sustitución. Un análisis de estas palabras originales en conexión con la que ellas están situadas mostrará que la expiación es la sustitución gubernamental de los sufrimientos de Cristo por el castigo de pecadores. Es una cubierta de los pecados de ellos por los sufrimientos de él.

 

III. Las enseñanzas de la teología natural, o las afirmaciones a priori de la razón sobre este tema.

La doctrina de la expiación ha sido considerada una doctrina puramente de revelación como para excluir la suposición de que la razón podría, a priori, hacer cualquier afirmación al respecto. Ha sido generalmente considerada como mentira absolutamente sin el límite de la teología natural, en un sentido tan alto, que aparte de la revelación, ninguna suposición puede hacerse ni siquiera consentir una conjetura razonable. Pero hay ciertos hechos en esta historia del mundo que hacen muy dudosa esta suposición. Es verdad, en efecto, que la teología natural no podría averiguar o establecer el hecho de que una expiación se ha realizado, o que ciertamente se haría, pero si no me equivoco, podría ser razonablemente inferido, el verdadero carácter de Dios que es conocido y dado por sentado, que una expiación de algún tipo sería hecha consistente con sus relaciones con el universo para extender misericordia a los habitantes culpables de este mundo. La necesidad manifestada de la revelación divina se ha dado por sentada para sostener un argumento fuerte y probable de que una revelación tal ha sido hecha o de que se hará. De la benevolencia de Dios, como es afirmada por la razón, y manifestada en sus obras y la providencia, ha sido, supongo, justamente inferida, que él haría arreglos para asegurar la santidad y la salvación de los hombres, y como una condición de este resultado, que él les concedería más adelante revelación de su voluntad de la que se ha dado en la creación y en la providencia. El argumento está así:

1. De la razón y la observación sabemos que no es un estado de retribución, y de todos los hechos en el caso que están abiertos a la observación, esto es evidentemente un estado de proceso o de prueba.

2. La providencia de Dios en este mundo es manifiestamente disciplinaria y está diseñada para reformar a la humanidad.

3. Estos hechos, tomados en conexión con la gran ignorancia y oscuridad de la mente humana en los asuntos morales y religiosos, proporcionan una suposición fuerte de que el Creador benevolente dará una revelación posterior de su voluntad a los habitantes de este mundo que están tan evidentemente aún en un estado procesal. Ahora, si este argumento es bueno, como hasta ahora va, no veo por qué no podemos razonablemente ir más adelante aún.

Ya que por los hechos arriba mencionados, y ya que también por un hecho que cuando el sujeto es debidamente considerado, y mientras más minucioso mejor, hay manifiestamente una gran dificultad en el ejercicio de misericordia sin la satisfacción de que sea hecha para la justicia pública, y ya que la benevolencia de Dios no lo dejaría por un lado indultar el pecado a expensas de la justicia pública, ni por el otro lado castigar o ejecutar la pena de la ley, si no fuera evitado sabia y consistentemente, estos hechos que serían entendidos y admitidos, podrían naturalmente haber sido inferidos, que la sabiduría y la benevolencia de Dios idearían y ejecutarían algún método para reunir las demandas de la justicia pública, que deberá dar perdón de pecado posible. Que esto hiciera posible la filosofía de gobierno está para nosotros muy manifestado. Sé, efectivamente, que con la luz que el evangelio nos ha dado, mucho más discernimos esto, que ellos quienes no tuvieron otra luz más que la de la naturaleza. Cual sea lo que se haya podido dar a conocer a los antiguos, y a quienes no tenían la Biblia, creo que cuando los hechos son anunciados por revelación, podemos ver que un gobierno práctico no sólo era posible, sino incluso lo que se hubiera podido esperar de la benevolencia de Dios. Hubiera sido imposible, desde luego, para nosotros, a priori, haber ideado, o conjeturado razonablemente el plan que ha sido adoptado. Se sabía muy poco o era poco conocible el tema de la trinidad de Dios sin la revelación de lo que la teología natural podía, quizá, en su mejor estado, no haber enseñado nada más allá que eso, si fuera posible, hubiera recurrido a algún gobierno conveniente, y fue en la contemplación por la restauración máxima de la raza pecadora que evidentemente fuera dispensada de la ejecución de la ley y puesta bajo un sistema de disciplina.

Pero desde que el evangelio ha anunciado el hecho de la expiación, parece que la teología natural o gubernamental lo puede explicar satisfactoriamente de que la razón puede discernir la filosofía en ella.

La teología natural puede enseñar:

1. Que la raza humana está en un estado caído, y que la ley del egoísmo, no la ley de la benevolencia, es aquella para la cual los inconversos conforman sus vidas.

2. Puede enseñar que Dios es benevolente, y por tanto que la misericordia debe ser un atributo de Dios, y que este atributo será manifestado en el indulto real de pecado, cuando puede hacerse con seguridad al gobierno divino.

3. Consecuentemente que ninguna expiación podría necesitarse para satisfacer cualquier espíritu implacable en la mente divina, que él estaba suficiente e infinitamente dispuesto a extender indulto al penitente si podría hacerse sabia, segura y benevolentemente.

4. Puede también enseñar abundantemente que hay un gran peligro real en el ejercicio de misericordia bajo un gobierno moral y supremamente grande bajo un gobierno tan vasto y tan perdurable como el gobierno de Dios que, bajo tal gobierno, el peligro es mucho mayor que el ejercicio de misericordia sería entendido como que motivara la esperanza de la impunidad en la comisión del pecado.

5. Puede también mostrar la necesidad indispensable de tal administración del gobierno divino como para asegurar la confianza total por el universo en la sinceridad de Dios en promulgar su ley con castigo terrible de la ley, y de su adherencia inalterable al espíritu de la ley, y la determinación para no fallar en llevar a cabo y asegurar la autoridad de la ley en todos los eventos. Que esto sea indispensable para el bienestar del universo es manifiesto enteramente.

6. Por consiguiente, es muy obvio para la teología natural que el pecado no pueda ser indultado a menos que algo se haga para prohibir la demás inferencia natural de que el pecado será perdonado bajo el gobierno de Dios con la condición del arrepentimiento solo, y desde luego con la condición dentro del poder de pecador mismo. Debe manifestarse que para proclamar a través del universo que el pecado sería indultado universalmente con la condición de que el arrepentimiento solo sería una revocación virtual de la ley divina. Todas las criaturas no percibirían instantáneamente la necesidad de temor al castigo, en cualquier caso, en tanto su perdón fuera seguro, no obstante lo mucho que él pudiera pisotear la autoridad divina, con una sola condición de que él podría realizar como quisiera.

7. La teología natural es abundantemente competente para mostrar que Dios no podría ser justo a su propia inteligencia, justo a su carácter, y por tanto, justo para el universo, al dispensar con ejecución de la ley divina, excepto con la condición de proporcionar un sustituto de tal naturaleza como para revelar tan plenamente e impresionar tan profundamente, las lecciones que serían enseñadas por la ejecución, como haría la misma ejecución. El gran diseño de las penas es de prevención, y esto desde luego es el diseño de la ejecución de las penas. La cabeza de cada gobierno está comprometida para sostener la autoridad de la ley, por una debida administración de las recompensas y los castigos, y no tiene derecho en cualquier instancia de extender indulto, excepto con las condiciones de que tan efectivamente apoyen la autoridad de la ley como lo haría ejecución de las penas. Nunca se ha encontrado que sea seguro, o incluso posible bajo cualquier gobierno, hacer una oferta universal de indultar a los violadores de la ley con la condición estricta del arrepentimiento por la misma obvia razón ya sugerida que sería un pisoteo virtual de toda ley. La justicia pública, por la cual cada magistrado ejecutivo en el universo está obligado, prohíbe severa y perentoriamente que la misericordia sea extendida a cualquier culpable, sin algún equivalente que sea dado al gobierno; es decir, sin algo que se haga para responder plenamente como un sustituto para la ejecución de las penas. Este principio de Dios admite completamente estar obligado en él; por consiguiente, él afirma que dio a su Hijo para darlo sólo en él para perdonar el pecado. Ro. 3:24-26: "siendo justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención que es en Cristo Jesús, a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre, para manifestar su justicia, a causa de haber pasado por alto, en su paciencia, los pecados pasados, con la mira de manifestar en este tiempo su justicia, a fin de que él sea el justo, y el que justifica al que es de la fe de Jesús".

8. Todas las naciones han sentido la necesidad de sacrificios expiatorios. Esto es evidente por el hecho de que todas las naciones los han ofrecido.

9. Los filósofos paganos más sabios que han visto la ineficacia intrínseca de los sacrificios de animales sostienen que Dios no podría perdonar el pecado. Esto prueba con una demostración de que ellos sintieron la necesidad de una expiación, o sacrificios expiatorios, y el tener también modos de ver justos de Dios y su gobierno, suponer que ya sea sacrificios de animales, o meramente sacrificios humanos, podrían ser eficaces bajo el gobierno de Dios, no pudieron entender sobre cuáles principios el pecado podría ser perdonado.

10. La justicia pública requirió, ya sea que una expiación fuese hecha, o que la ley debiese ser ejecutada sobre cada ofensor. Por justicia pública se intenta que la debida administración de la ley, que asegure en el modo más elevado que la naturaleza del caso admita intereses públicos y privados, y establecer el orden del bienestar del universo. En establecer el gobierno del universo, Dios ha dado la promesa, tanto implícita como expresamente, que consideraría los intereses públicos, y por una debida administración de la ley, asegurar y promover, como sea posible, la felicidad individual y pública.

11. La justicia pública podría requerir estrictamente sólo la ejecución de la ley, pues Dios no ha dado explícita o implícitamente hecho una promesa de hacer algo más por la promoción de la virtud y la felicidad que administrar recompensas merecidas al justo, y castigo merecido al impío. Sin embargo, una expiación, como veremos, supliría más plenamente las necesidades de gobierno y actuaría como una prevención más eficiente de pecado, una persuasión más poderosa para la santidad de lo que haría la imposición de la pena legal.

12. Se necesitó una expiación para remover los obstáculos para el libre ejercicio de la benevolencia hacia nuestra raza. Sin una expiación, la raza humana después de la caída sostuvo en el gobierno de Dios las relaciones de rebeldes y fuera de la ley. Y ante Dios, como el gran magistrado ejecutivo del universo, podía manifestar su benevolencia hacia ellos, una expiación debía decidirse y darse a conocer como la razón por la cual su tratamiento favorable a ellos estaba condicionado.

13. Se necesitó una expiación para promover la gloria y la influencia de Dios en el universo. Más sobre esto de aquí en adelante.

14. Se necesitó una expiación para presentar los motivos aplastantes para el arrepentimiento.

15. Se necesitó una expiación para que el ofrecimiento del indulto no pudiera parecer como cómplice del pecado.

16. Se necesitó una expiación para manifestar la sinceridad de Dios en sus promulgaciones legales.

17. Se necesitó una expiación para asegurar la oferta presente y la promesa del indulto.

18. La teología natural nos puede informar que si un legislador podía condescender, o condescendería, tanto para negarse él mismo como para avalar su consideración a su ley, y su determinación para apoyarla al sufrir su maldición en sentido tal como para hacer posible y consistente con su carácter y relaciones, y de aquí en adelante tan enfática para inculcar la gran lección de que el pecado no fue perdonado por la sola condición de arrepentimiento en cualquier caso, y también para establecer la convicción universal con la que la ejecución de la ley no sería dispensada, sino que es una regla inalterable bajo el gobierno divino que donde hay pecado debe haber sufrimiento infligid --esto sería la satisfacción competa de la justicia pública de que el pecado podría personarse con prudencia.

 

IV. El hecho de la expiación

Esto es puramente una doctrina de revelación, y en el establecimiento de esta corroboración de verdad debe hacerse para escritura sola.

1. El todo de las escrituras judaicas, y especialmente el todo del ceremonial de dispensación de los judíos avalan, sin ninguna duda, la necesidad de una expiación.

2. El Nuevo Testamento es igual de inequívoco en su testimonio por el mismo punto.

Tomaré aquí como establecido de que Cristo fue propiamente "Dios manifestado en la carne", y procederé a citar unos cuantos de los muchísimos pasajes que avalan el hecho de su muerte, y también de su naturaleza vicaria; es decir, que fue por nosotros, y como una satisfacción a la justicia pública por nuestros pecados que su sangre fue derramada. Citaré unos pasajes para demostrar que la expiación y la redención a través de ella fue un asunto de entendimiento y pacto entre el Padre y el Hijo. "Hice pacto con mi escogido; Juré a David mi siervo, diciendo: Para siempre confirmaré tu descendencia, Y edificaré tu trono por todas las generaciones" (Sal. 89:3-4). "Con todo eso, Jehová quiso quebrantarlo, sujetándole a padecimiento. Cuando haya puesto su vida en expiación por el pecado, verá linaje, vivirá por largos días, y la voluntad de Jehová será en su mano prosperada. Verá el fruto de la aflicción de su alma, y quedará satisfecho; por su conocimiento justificará mi siervo justo a muchos, y llevará las iniquidades de ellos. Por tanto, yo le daré parte con los grandes, y con los fuertes repartirá despojos; por cuanto derramó su vida hasta la muerte, y fue contado con los pecadores, habiendo él llevado el pecado de muchos, y orado por los transgresores" (Is. 53:10-12). "Todo lo que el Padre me da, vendrá a mí; y al que a mí viene, no le echo fuera. Porque he descendido del cielo, no para hacer mi voluntad, sino la voluntad del que me envió" (Jn. 6:37-38). "He manifestado tu nombre a los hombres que del mundo me diste; tuyos eran, y me los diste, y han guardado tu palabra. Ahora han conocido que todas las cosas que me has dado, proceden de ti; porque las palabras que me diste, les he dado; y ellos las recibieron, y han conocido verdaderamente que salí de ti, y han creído que tú me enviaste. Yo ruego por ellos; no ruego por el mundo, sino por los que me diste; porque tuyos son, Y ya no estoy en el mundo; mas éstos están en el mundo, y yo voy a ti. Padre santo, a los que me has dado, guárdalos en tu nombre, para que sean uno, así como nosotros" (Jn. 17: 6-9, 11).

A continuación citaré algunos pasajes para mostrar que si los pecadores van a ser salvos, debe ser a través de una expiación. "Y en ningún otro hay salvación; porque no hay otro nombre bajo el cielo, dado a los hombres, en que podamos ser salvos" (Hch. 4:12). "Sabed, pues, esto, varones hermanos: que por medio de él se os anuncia perdón de pecados, y que de todo aquello de que por la ley de Moisés no pudisteis ser justificados, en él es justificado todo aquel que cree" (Hch. 13:38-39). "Pero sabemos que todo lo que la ley dice, lo dice a los que están bajo la ley, para que toda boca se cierre y todo el mundo quede bajo el juicio de Dios; ya que por las obras de la ley ningún ser humano será justificado delante de él; porque por medio de la ley es el conocimiento del pecado" (Ro. 3:19-20). "sabiendo que el hombre no es justificado por las obras de la ley, sino por la fe de Jesucristo, nosotros también hemos creído en Jesucristo, para ser justificados por la fe de Cristo y no por las obras de la ley, por cuanto por las obras de la ley nadie será justificado. No desecho la gracia de Dios; pues si por la ley fuese la justicia, entonces por demás murió Cristo" (Gá. 2:16,21). "Porque todos los que dependen de las obras de la ley están bajo maldición, pues escrito está: Maldito todo aquel que no permaneciere en todas las cosas escritas en el libro de la ley, para hacerlas. Y que por la ley ninguno se justifica para con Dios, es evidente, porque: El justo por la fe vivirá; y la ley no es de fe, sino que dice: El que hiciere estas cosas vivirá por ellas. Porque si la herencia es por la ley, ya no es por la promesa; pero Dios la concedió a Abraham mediante la promesa. Entonces, ¿para qué sirve la ley? Fue añadida a causa de las transgresiones, hasta que viniese la simiente a quien fue hecha la promesa; y fue ordenada por medio de ángeles en mano de un mediador. Y el mediador no lo es de uno solo; pero Dios es uno. ¿Luego la ley es contraria a las promesas de Dios? En ninguna manera; porque si la ley dada pudiera vivificar, la justicia fuera verdaderamente por la ley. De manera que la ley ha sido nuestro ayo, para llevarnos a Cristo, a fin de que fuésemos justificados por la fe" (Gá. 3:10-12, 18-21, 24). "Y casi todo es purificado, según la ley, con sangre; y sin derramamiento de sangre no se hace remisión. Fue, pues, necesario que las figuras de las cosas celestiales fuesen purificadas así; pero las cosas celestiales mismas, con mejores sacrificios que estos" (He. 9: 22-23).

Ahora citaré algunos pasajes que establecen el hecho de la muerte vicaria de Cristo, y la redención a través de su sangre. "Mas él herido fue por nuestras rebeliones, molido por nuestros pecados; el castigo de nuestra paz fue sobre él, y por su llaga fuimos nosotros curados. Todos nosotros nos descarriamos como ovejas, cada cual se apartó por su camino; mas Jehová cargó en él el pecado de todos nosotros" (Is. 53:5-6). "como el Hijo del Hombre no vino para ser servido, sino para servir, y para dar su vida en rescate por muchos" (Mt. 20:28). "Porque esto es mi sangre del nuevo pacto, que por muchos es derramada para remisión de los pecados" (Mt. 26:28). "Y como Moisés levantó la serpiente en el desierto, así es necesario que el Hijo del Hombre sea levantado, para que todo aquel que en él cree, no se pierda, mas tenga vida eterna (Jn. 3: 14-15). "Yo soy el pan vivo que descendió del cielo; si alguno comiere de este pan, vivirá para siempre; y el pan que yo daré es mi carne, la cual yo daré por la vida del mundo" (Jn. 6:51). "Por tanto, mirad por vosotros, y por todo el rebaño en que el Espíritu Santo os ha puesto por obispos, para apacentar la iglesia del Señor, la cual él ganó por su propia sangre" (Hch. 20:28). "Siendo justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención que es en Cristo Jesús, a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre, para manifestar su justicia, a causa de haber pasado por alto, en su paciencia, los pecados pasados, con la mira de manifestar en este tiempo su justicia, a fin de que él sea el justo, y el que justifica al que es de la fe de Jesús. ¿Qué, pues? ¿Somos nosotros mejores que ellos? En ninguna manera; pues ya hemos acusado a judíos y a gentiles, que todos están bajo pecado. Como está escrito: No hay justo, ni aun uno; No hay quien entienda, No hay quien busque a Dios. No hay temor de Dios delante de sus ojos. Pero sabemos que todo lo que la ley dice, lo dice a los que están bajo la ley, para que toda boca se cierre y todo el mundo quede bajo el juicio de Dios" (Ro. 3:24-26, 9-11, 18-19). "Limpiaos, pues, de la vieja levadura, para que seáis nueva masa, sin levadura como sois; porque nuestra pascua, que es Cristo, ya fue sacrificada por nosotros. Porque primeramente os he enseñado lo que asimismo recibí: Que Cristo murió por nuestros pecados, conforme a las Escrituras" (1 Co. 5:7; 15:3). "Con Cristo estoy juntamente crucificado, y ya no vivo yo, mas vive Cristo en mí; y lo que ahora vivo en la carne, lo vivo en la fe del Hijo de Dios, el cual me amó y se entregó a sí mismo por mí. Cristo nos redimió de la maldición de la ley, hecho por nosotros maldición (porque está escrito: Maldito todo el que es colgado en un madero) para que en Cristo Jesús la bendición de Abraham alcanzase a los gentiles, a fin de que por la fe recibiésemos la promesa del Espíritu (Gá 2:20; 3:13-14). "Pero ahora en Cristo Jesús, vosotros que en otro tiempo estabais lejos, habéis sido hechos cercanos por la sangre de Cristo. Y andad en amor, como también Cristo nos amó, y se entregó a sí mismo por nosotros, ofrenda y sacrificio a Dios en olor fragante" (Ef. 2:13; 5:2). "y no por sangre de machos cabríos ni de becerros, sino por su propia sangre, entró una vez para siempre en el Lugar Santísimo, habiendo obtenido eterna redención. Porque si la sangre de los toros y de los machos cabríos, y las cenizas de la becerra rociadas a los inmundos, santifican para la purificación de la carne, ¿cuánto más la sangre de Cristo, el cual mediante el Espíritu eterno se ofreció a sí mismo sin mancha a Dios, limpiará vuestras conciencias de obras muertas para que sirváis al Dios vivo? Y casi todo es purificado, según la ley, con sangre; y sin derramamiento de sangre no se hace remisión. Fue, pues, necesario que las figuras de las cosas celestiales fuesen purificadas así; pero las cosas celestiales mismas, con mejores sacrificios que estos. Porque no entró Cristo en el santuario hecho de mano, figura del verdadero, sino en el cielo mismo para presentarse ahora por nosotros ante Dios; y no para ofrecerse muchas veces, como entra el sumo sacerdote en el Lugar Santísimo cada año con sangre ajena. De otra manera le hubiera sido necesario padecer muchas veces desde el principio del mundo; pero ahora, en la consumación de los siglos, se presentó una vez para siempre por el sacrificio de sí mismo para quitar de en medio el pecado. Y de la manera que está establecido para los hombres que mueran una sola vez, y después de esto el juicio, así también Cristo fue ofrecido una sola vez para llevar los pecados de muchos; y aparecerá por segunda vez, sin relación con el pecado, para salvar a los que le esperan (He. 9:12-14; 22-28). "En esa voluntad somos santificados mediante la ofrenda del cuerpo de Jesucristo hecha una vez para siempre. Y ciertamente todo sacerdote está día tras día ministrando y ofreciendo muchas veces los mismos sacrificios, que nunca pueden quitar los pecados; pero Cristo, habiendo ofrecido una vez para siempre un solo sacrificio por los pecados, se ha sentado a la diestra de Dios, de ahí en adelante esperando hasta que sus enemigos sean puestos por estrado de sus pies; porque con una sola ofrenda hizo perfectos para siempre a los santificados" (He. 10:10-14). "Sabiendo que fuisteis rescatados de vuestra vana manera de vivir, la cual recibisteis de vuestros padres, no con cosas corruptibles, como oro o plata, sino con la sangre preciosa de Cristo, como de un cordero sin mancha y sin contaminación" (1 P. 1: 18-19). "Quien llevó él mismo nuestros pecados en su cuerpo sobre el madero, para que nosotros, estando muertos a los pecados, vivamos a la justicia; y por cuya herida fuisteis sanados" (1 P. 2:24). "Porque también Cristo padeció una sola vez por los pecados, el justo por los injustos, para llevarnos a Dios, siendo a la verdad muerto en la carne, pero vivificado en espíritu" (1 P. 3:18). "Pero si andamos en luz, como él está en luz, tenemos comunión unos con otros, y la sangre de Jesucristo su Hijo nos limpia de todo pecado" (1 Jn. 1:7). "Y sabéis que él apareció para quitar nuestros pecados, y no hay pecado en él" (1 Jn. 3:5). "En esto se mostró el amor de Dios para con nosotros, en que Dios envió a su Hijo unigénito al mundo, para que vivamos por él. En esto consiste el amor: no en que nosotros hayamos amado a Dios, sino en que él nos amó a nosotros, y envió a su Hijo en propiciación por nuestros pecados" (1 Jn. 4:9-10).

Éstos, como cada lector de la Biblia debe saber, son sólo algunos de los pasajes que enseñan la doctrina de la expiación y la redención por la muerte de Cristo. Es verdaderamente maravilloso de cuantas muchas maneras esta doctrina se enseña, es asumida y está implícita en la Biblia. En efecto, es enfáticamente el gran tema de la Biblia. Se expresa o está implícito en cada página de inspiración divina.

 

V. La siguiente indagación es lo que constituye la expiación.

La respuesta a esta indagación ha sido ya, en parte, anticipada inevitablemente. Bajo este rubro mostraré:

1. Que la obediencia de Cristo a la ley moral como un pacto de obras no constituyó la expiación.

(1.) Cristo debía obediencia a la ley moral tanto como Dios y como hombre. Estaba bajo a tanta obligación para ser perfectamente benevolente como lo está cualquier ser moral. Fue, por consiguiente, imposible para él que ejecutara cualquier obra de supererogación; es decir, hasta lo que a la obediencia de la ley se refiere, él no podía, ni como Dios ni como hombre, hacer más que cumplir sus obligaciones.

(2.) Si él hubiera obedecido por nosotros, él no hubiera sufrido por nosotros. Si su obediencia se sustituyera por nuestra obediencia, ciertamente él no necesitaría haber cumplido la ley por nosotros, como nuestro sustituto, bajo un pacto de obras, y al mismo tiempo haber sufrido como un sustituto, sometiéndose a la pena de la ley.

(3.) Si obedeciera a la ley como nuestro sustituto, entonces ¿por qué se insiste en nuestro propio regreso a la obediencia personal como un sine qua non de nuestra salvación?[1]

(4.) La idea de que cualquier parte de la expiación consistiera en la obediencia de Cristo a la ley por nosotros, y en lugar de nosotros, representa a Dios como quien requiere:

(i.) La obediencia de nuestro sustituto.

(ii.) El mismo sufrimiento, como si ninguna obediencia hubiera sido dada.

(iii.) Nuestro arrepentimiento.

(iv.) Nuestro regreso a la obediencia personal.

(v.) Y entonces lo representa como, después de todo, atribuirle nuestra salvación a la gracia. ¡Extraña gracia es ésta que requiere una deuda que sea pagada varias veces antes de que la obligación sea dispensada!

2. Debo mostrar que la expiación no fue una transacción comercial. Algunos han considerado la expiación como simplemente a la luz del pago de una deuda, y han representado a Cristo como quien compra al elegido del Padre, y que paga la misma cantidad de sufrimiento en su propia persona que la justicia hubiera exigido. A esto respondo:

(1.) Es naturalmente imposible puesto que requeriría que la satisfacción debe hacerse a la justicia retributiva. Estrictamente hablando, la justicia retributiva nunca puede satisfacerse, en el sentido de que el culpable debe ser castigado tanto como lo merezca, porque esto implicaría que fuera castigado hasta que dejara de ser culpable, o se volviera inocente. Cuando una vez que se viola la ley, el pecador no puede hacer ninguna satisfacción. No puede dejar de ser culpable, o merecer menos culpa o menos merecimiento de castigo; por tanto, es imposible satisfacer la justicia retributiva.

(2.) Pero, como hemos visto en la lección anterior, la justicia retributiva debió haber infligido muerte eterna en él. Para suponer, por tanto, que Cristo sufrió en cantidad, todo lo que merecía el elegido, es suponer que él sufrió un castigo eterno multiplicado por el número total de los elegidos.

(3.) Se intentó con la expiación de Cristo una satisfacción de la justicia pública.

La ley moral no se originó en la voluntad divina, sino se fundó en su naturaleza auto existente e inmutable. No puede revocarla o alterarla. Para la letra de la ley moral puede haber excepciones. Dios no puede revocar el precepto, y por esta simple razón, no puede poner a un lado el espíritu de las sanciones. Porque para dispensar con las sanciones sería una revocación virtual del precepto. No puede, por tanto, poner a un lado la ejecución de la pena cuando el precepto ha sido violado sin que algo se haga que cumpla con las demandas del verdadero espíritu de la ley. "Siendo justificados gratuitamente por su gracia, mediante la redención que es en Cristo Jesús, a quien Dios puso como propiciación por medio de la fe en su sangre, para manifestar su justicia, a causa de haber pasado por alto, en su paciencia, los pecados pasados, con la mira de manifestar en este tiempo su justicia, a fin de que él sea el justo, y el que justifica al que es de la fe de Jesús" (Ro. 3:24-26). Este pasaje asigna la razón, o declara el diseño, de la expiación haber sido para justificar a Dios en el indulto del pecado, o en la dispensación con la ejecución de la ley. "Con todo eso, Jehová quiso quebrantarlo, sujetándole a padecimiento. Cuando haya puesto su vida en expiación por el pecado, verá linaje, vivirá por largos días, y la voluntad de Jehová será en su mano prosperada. Verá el fruto de la aflicción de su alma, y quedará satisfecho; por su conocimiento justificará mi siervo justo a muchos, y llevará las iniquidades de ellos. Por tanto, yo le daré parte con los grandes, y con los fuertes repartirá despojos; por cuanto derramó su vida hasta la muerte, y fue contado con los pecadores, habiendo él llevado el pecado de muchos, y orado por los transgresores" (Is. 53:10-12).

Presento más razones del porqué una expiación en el caso de los habitantes de este mundo fue preferible al castigo, o a la ejecución de la ley divina. Han sido asignadas varias razones a las cuales añadiré lo siguiente, algunas de las cuales están plenamente reveladas en la Biblia; otras se infieren plenamente por la misma naturaleza del caso.

(1.) El gran amor desinteresado de Dios a los pecadores mismos fue la razón primordial para la expiación.

Juan 3: 16: "Porque de tal manera amó Dios al mundo, que ha dado a su Hijo unigénito, para que todo aquel que en él cree, no se pierda, mas tenga vida eterna".

(2.) Su gran amor por el universo en general debió haber sido otra razón porque es imposible que la expiación no deba ejercer una influencia sorprendente sobre los seres en cualquier mundo en el que ellos pudieran existir, y donde el hecho de la expiación debe conocerse.

(3.) Otra razón para los sufrimientos sustitutos de Cristo en lugar de la condenación eterna de los pecadores es que una cantidad infinita de sufrimiento podía ser prevenida. La relación de Cristo con el universo le dio a sus sufrimientos un valor tan infinito e influenciable, como una expresión del aborrecimiento de Dios al pecado por un lado, y su gran amor a sus súbditos por otro, que una cantidad infinitamente menor de sufrimiento en él de lo que debió haberse infligido en los pecadores, sería equivalente, y sin duda vastamente más, influenciable para apoyar el gobierno de Dios. Téngase en mente que Cristo fue el legislador y el ejecutivo magistral que sufrió en lugar y de parte de una provincia rebelde de su imperio. Como un gobernante conveniente es fácil ver el gran valor de un sustituto así, que por un lado plenamente demostró la determinación de un gobernante para no ceder la autoridad de su ley, y por otro lado, demostrar su gran y desinteresado amor por sus súbditos rebeldes.

(4.) Por su sustitución, un bien inmenso podría ser ganado, la felicidad eterna de todo podría ser reclamada del pecado, junto con toda la felicidad aumentada de aquellos que nunca han pecado, eso debe resultar de la gloriosa revelación de Dios.

(5.) Otra razón de preferir la expiación al castigo de los pecadores debió haber sido que el pecado había provisto una oportunidad para la manifestación más elevada de virtud en Dios: la manifestación de abstención, misericordia, auto negación, y sufrimiento por enemigos que estaban dentro de su propio poder, y por aquellos de quienes no podía esperar ningún equivalente a cambio.

Es imposible concebir un orden de virtudes más altos que los exhibidos en la expiación de Cristo. Fue vastamente deseable que Dios debiera aprovechar tal oportunidad para exhibir su verdadero carácter, y mostrar al universo lo que estaba en su corazón. La fortaleza y la estabilidad de cualquier gobierno deben depender en la estimación en la que el soberano se sostiene por sus súbditos. Fue por tanto indispensable que Dios debía mejorar la oportunidad que el pecado había provisto para manifestar y dar a conocer su verdadero carácter y así asegurar la confianza de sus súbditos.

(6.) En la expiación Dios consultó su propia felicidad y su propia gloria. El negarse él mismo para la salvación de los pecadores fue parte de su propia felicidad infinita, siempre querida por él, y por tanto, siempre disfrutada. Esto no fue egoísmo en él, ya que su propio bienestar es de valor más infinito que el de todo el universo; debía considerar y tratarlo por su valor supremo e intrínseco.

(7.) La expiación presentaría a la criaturas los motivos más elevados posibles para la virtud. El ejemplo es la influencia moral más elevada que puede ejercitarse. Si Dios, o cualquier otro ser, haría benevolentes a otros, debía manifestar él mismo benevolencia. Si la benevolencia manifestada en la expiación no somete el egoísmo de los pecadores, su caso es sin esperanza.

(8.) Las circunstancias de su gobierno dio una expiación necesaria; ya que la ejecución de la ley no fue, de hecho, una prevención suficiente de pecado. La aniquilación de los impíos no respondería a los propósitos de gobierno. Una plena revelación de misericordia, combinada con una exhibición de justicia, fue convocada por las circunstancias del universo.

(9.) Para confirmar a los seres santos. Nada podía ser más calculado elevadamente para establecer y confirmar la confianza, el amor, y la obediencia de los seres santos que la manifestación desinteresada de amor a los pecadores y rebeldes.

(10.) Confundir a sus enemigos. ¿Cómo podía algo ser más directamente calculado para silenciar todas las objeciones triviales, y callar toda boca, y por siempre cerrar todos los labios de los que se oponen, que una exhibición tal de amor y disposición a hacer sacrificios por los pecadores?

(11.) El hecho de que la ejecución de la ley de Dios en los ángeles rebeldes no había detenido, y no podía detener, el progreso de la rebelión en el universo, prueba que algo más se necesitaba hacer en apoyo de la autoridad de la ley, que lo que se haría en la ejecución de su pena sobre los rebeldes. Mientras la ejecución de la ley puede tener una tendencia fuerte para prevenir el comienzo de rebelión entre los súbditos leales, y contener a los mismos rebeldes, sin embargo las imposiciones penales, de hecho, no sometieron el corazón bajo cualquier gobierno, sea humano o divino.

De hecho, la ley sólo exaspera a los rebeldes, sin confirmar a los seres santos. Pablo afirmaba que la acción de la ley en su propia mente, mientras en impenitencia, iba a concebir en él toda forma de concupiscencia. Una gran razón para dar la ley fue para desarrollar la naturaleza del pecado, y para mostrar que la mente carnal no está sujeta a la ley de Dios, ni tampoco ciertamente puede ser. La ley fue por tanto dada para que la ofensa pudiera abundar, que de ese modo pudiera ser demostrado que sin una expiación no podía haber salvación para los rebeldes bajo el gobierno de Dios.

(12.) La naturaleza, el grado, y la ejecución de la pena de la ley, hizo de la santidad y la justicia de Dios tan prominente como para absorber demasiada atención pública para que fuera segura. Esos rasgos de su carácter se revelaron muy plenamente por la ejecución de su ley sobre los ángeles rebeldes, que de haber buscado el mismo curso con los habitantes de este mundo, sin el ofrecimiento de misericordia, hubiera podido, y sin duda hubiera tenido una influencia injuriosa en el universo al crear más temor que amor a Dios y a su gobierno. Así, una revelación más plena de amor y compasión de Dios era necesaria para protegerse contra la influencia del temor servil.

El tomar su naturaleza humana, y obedecer hasta la muerte, bajo tales circunstancias, constituyó una buena razón para que nuestro ser se tratara como justo. Es práctica común en los gobiernos humanos, y en uno que se funda en la naturaleza y las leyes de la mente, recompensar el servicio público distinguido al conferir favores en los hijos de quienes han prestado este servicio, y tratarlos como si lo hubieran hecho ellos mismos. Esto es benevolente y sabio. Su importancia gubernamental, su sabiduría y su influencia excelente han sido muy abundantemente avaladas en la experiencia de las naciones. Como una transacción gubernamental, este mismo principio prevalece, y por la misma razón, bajo el gobierno de Dios. Todos quienes son hijos de Cristo y permanecen a él, son recibidos por su causa, tratados con favor, y las recompensas de los justos son conferidas a ellos por su causa. Y el servicio público que ha sido prestado al universo, al dar su vida por el apoyo al gobierno divino, se le ha considerado eminentemente sabio que todos quienes están unidos a él por fe deben ser tratados como justos por su causa.

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[1] La vigésima segunda edición del diccionario de la Real Academia Española define sine qua non como "una condición sin la cual no se hará algo o se tendrá por no hecho" (Nota del Traductor).

 

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